Foto: Sadiel Mederos.
Inversionistas cubanos residentes en el exterior, la invitación que se repite
24 / diciembre / 2021
Uno de los temas medulares del II Foro Empresarial Cuba 2021 fue la participación de cubanos residentes en el exterior como inversionistas.
Durante este evento, celebrado del 29 de noviembre al 2 de diciembre de 2021 en La Habana, la viceministra primera de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex), Ana Teresita González Fraga, acotó que existe una intención política por parte del Gobierno del archipiélago para promover las inversiones de estos cubanos.
La funcionaria agregó que los considerados «nuevos actores económicos cubanos» «pueden participar tanto en comercio como en la inversión extranjera». Agregó además que «el marco regulatorio cubano no limita hoy la participación de los cubanos residentes en el exterior, siempre y cuando, y esto es importante dejarlo claro, cumplan el requisito de contar con una personalidad jurídica propia. No está previsto que lo hagan como personas naturales».
Los cubanos con residencias en el extranjero (CRE) son considerados inversionistas extranjeros según la definición establecida en el Glosario de la Ley 118 de la Inversión Extranjera, promulgada en 2014.
De esta manera, un inversionista extranjero es aquella «persona natural o jurídica, con domicilio y capital en el extranjero, que participa como accionista en una empresa mixta o participe en una empresa de capital totalmente extranjero o figure como parte en un contrato de asociación económica internacional».
Los CRE pueden invertir como proveedores de bienes y servicios en entidades cubanas y, también, participar en proyectos locales que aporten al desarrollo territorial. Aquellos que aún conserven su residencia permanente podrán, además, formar parte en la creación de micro, pequeñas y medianas empresas.
Incluso, el ministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández, mencionó en el foro que el Gobierno cubano no tenía impedimento alguno «desde el punto de vista ni objetivo ni subjetivo que impida poder desarrollar esas relaciones de cooperación con la comunidad cubana residente en el exterior con muy buena voluntad. La gran mayoría de cubanos residentes fuera de Cuba están en contra del bloqueo».
Para atraer a los inversionistas, el Mincex confeccionó una nueva Cartera de Oportunidades de Negocios con Inversión Extranjera compuesta por 678 proyectos —cifra que supera en casi 200 proyectos a la anterior—, y valorada en más de 12 500 millones de dólares.
Rodrigo Malmierca Díaz, titular del Mincex, agregó que esta cartera es más diversa, y pretende eliminar burocratismos y promover oportunidades para los inversores.
Estos proyectos están vinculados a sectores que precisan inversión como el de la producción de alimentos, turismo, industria biofarmacéutica y fuentes renovables de energía.
Como parte de la cartera existen unos 60 proyectos patrocinados por los Gobiernos locales de las provincias cubanas. Los montos de inversión de estos no superan los 500 mil dólares y pueden ser valorados por los CRE.
Las modalidades de realización de estos proyectos van desde la empresa mixta, de capital totalmente extranjero, o contrato de asociación económica internacional en el cual los inversores podrán vincular su capital con empresas del sector privado cubano.
¿POR QUÉ AHORA?
La posibilidad de los CRE de invertir en Cuba no es un asunto novedoso como tampoco el interés gubernamental de captar ese capital —a pesar de que estos inversores fueran menospreciados durante décadas porque abrirles las puertas de la economía cubana era incompatible con el modelo socialista—.
Las autoridades cubanas se han enfocado en atraer a estos inversores desde 2013, en vísperas de la aparición de la Ley de Inversión Extranjera.
Gran parte de la emigración cubana reside en Estados Unidos. En 2013 el entonces cónsul cubano acreditado en la Sección de Intereses en Washington D. C., Llanio González Pérez, declaró en Miami que los CRE, incluidos los cubanoamericanos, podrían invertir en Cuba en igualdad de condiciones que otros inversores foráneos. Acotó que esta autorización no era reciente y era desaprovechada por desconocimiento y por las limitaciones del embargo económico y financiero.
En 2014 aparecería la Ley 118 de Inversión Extranjera cuyo fin es incentivar y «asegurar que la atracción del capital extranjero contribuya eficazmente a los objetivos del desarrollo económico sostenible del país y a la recuperación de la economía nacional, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales y del respeto a la soberanía e independencia nacionales».
En mayo de 2019, Malmierca insistía a través de Twitter en aclarar que la Ley 118 no era limitante para los CRE.
Durante una entrevista posterior publicada en Cubadebate, el ministro señalaba que la legislación cubana en materia de inversiones no era discriminatoria y que la Política para la Inversión Extranjera, aprobada en 2013, no establecía limitaciones sobre el origen de los inversionistas. «Todos los que se sientan comprometidos con ese objetivo, incluso si son cubanos que residan permanentemente en el exterior, pueden de esta forma contribuir también», afirmó.
Malmierca detalló en sus observaciones que la parte cubana no impone limitaciones a los inversores, sino que estas «están del lado estadounidense, debido a que el Gobierno de ese país trata de obstaculizar con el bloqueo económico, comercial y financiero nuestro desarrollo». Por esa razón, los inversionistas deberán «obtener una licencia de determinadas autoridades estadounidenses para que les permitan invertir en su país de origen, sin recibir multas o sanciones por hacerlo», agregó.
Con respecto a este asunto, el economista Elías Amor consideraba, en un texto de análisis difundido por Diario de Cuba, que las inversiones en el archipiélago eran altamente riesgosas:
«De modo que, con el marco jurídico establecido por la Ley 118, el cubano residente en el exterior puede invertir en Cuba, pero la incertidumbre y los riesgos son excesivos y no justifican el desembolso ni acometer la aventura. Sin transformaciones estructurales en la economía no conviene arriesgar capital en Cuba, ni siquiera en proyectos cuyo potencial se pueda estimar positivo en el horizonte de más largo plazo», puntualizó Elías.
Las autoridades cubanas afirman que los inversionistas están protegidos ante cualquier eventualidad, pero en la práctica no se ha podido constatar que esto sea del todo cierto e incluso se desconocen qué proyectos han iniciado con capital de CRE.
Según Malmierca, la protección jurídica a los inversores comienza desde el artículo 28 de la carta magna cubana que regula que «el Estado promueve y brinda garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales, así como del respeto a la soberanía e independencia nacionales».
Por su parte, el artículo 3 de la Ley 118 establece que el Gobierno cubano debe garantizar que los inversionistas mantengan sus beneficios e inversiones durante el tiempo que fueron pactados.
Así, el artículo 4.1 explica que las inversiones extranjeras están protegidas desde lo jurídico y «no pueden ser expropiadas, salvo que esa acción se ejecute por motivos de utilidad pública o interés social previamente declarados por el Consejo de Ministros, en concordancia con lo dispuesto en la Constitución de la República, los tratados internacionales suscritos por la República de Cuba en materia de inversiones y la legislación vigente, con la debida indemnización por su valor comercial establecido de mutuo acuerdo, pagadero en moneda libremente convertible».
La Ley 80 —«Reafirmación de la dignidad y soberanía cubanas»— es otra de las normativas citadas por el ministro para respaldar su afirmación de que los inversionistas extranjeros están protegidos en Cuba.
Esta ley, aprobada en 1996, declara ilícita e «inaplicable y sin valor ni efecto jurídico alguno» la Ley Helms-Burton —o Ley de la Libertad Cubana y Solidaridad Democrática— firmada por el expresidente de Estados Unidos Bill Clinton, en respuesta al derribo de dos avionetas del grupo Hermanos al Rescate el 24 de febrero de 1996 que sobrevolaron los límites del espacio aéreo cubano.
Lo escrito en la Ley 80 dispone que cualquier reclamación de persona natural o jurídica amparada en la Helms-Burton será considerada nula.
Según el artículo 5 de la mencionada norma, el Estado cubano es el que debe proteger «las actuales y potenciales inversiones extranjeras en Cuba y la defensa de los legítimos intereses de estas frente a las acciones que pudieran derivarse de la Ley Helms-Burton».
A su vez, el artículo 6 esgrime que el Gobierno cubano «está facultado para aplicar o autorizar las fórmulas que se requieran para la protección de los inversionistas extranjeros contra la aplicación de la Ley Helms-Burton, incluido el traslado de los intereses del inversionista extranjero a empresas fiduciarias, entidades financieras o fondos de inversión».
Hasta el 2 de mayo de 2019, el título III de la Helms-Burton que permite a ciudadanos estadounidenses demandar a empresas que lucren con sus propiedades decomisadas en Cuba estuvo suspendido. El exmandatario estadounidense Donald Trump lo activó como parte de su política de mano dura con Cuba.
En 2020 se presentaron 25 demandas amparadas en este apartado contra 51 empresas con participación en la economía cubana.
En octubre de ese año los medios resaltaban la primera victoria de una demanda bajo el título III de la Ley «Libertad»: un tribunal de Florida aceptaba una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la multinacional LafargeHolcim, productor mundial de cemento, que a decir de la demanda participa como parte de la empresa mixta Cementos Cienfuegos S. A., desde 2001.
La demanda asciende a 270 millones de dólares en beneficio de más de 20 partes de la familia Claflin de Boston a quienes en 1960 el Gobierno cubano les confiscó su hacienda cafetalera en El Guabairo, Cienfuegos; terrenos donde hoy se encuentra la fábrica.
En marzo de 2021 la invitación a los CRE como inversionistas volvió a reactivarse. Katia Alonso Cañizares, directora de Negocios con capital extranjero del Mincex, acotaba que la cartera de ese momento incorporaba negocios menos exigentes que podrían darle la posibilidad de invertir a los CRE los cuales, según sus declaraciones, no contaban con mucho capital para invertir en el archipiélago.
«Entonces estamos abogando también por proyectos pequeños y son proyectos más a la medida de los cubanos residentes en el exterior, que son personas que tienen pequeñas y medianas empresas», afirmó Alonso Cañizares.
Si los CRE se aventurarán a invertir en Cuba es un asunto incierto, pero no lo es el contexto en el que este tema resurge: el actual interés del Gobierno por incluir como inversionistas a los CRE está mediado por una aguda crisis de la economía cubana —reforzada con la llegada de la pandemia—, la ineficacia de un grupo de medidas económicas impulsadas por el poder político y las sanciones establecidas por la administración estadounidense.
TAMBIÉN TE SUGERIMOS:
Si te interesan los temas jurídicos puedes visitar nuestro proyecto elTOQUE Jurídico, en el cual encontrarás análisis y debates sobre las leyes, los derechos y los procesos jurídicos en Cuba.
Síguenos también en Twitter: @eltoquejuridico
comentarios
En este sitio moderamos los comentarios. Si quiere conocer más detalles, lea nuestra Política de Privacidad.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *
Felipe