Luis Robles Elizástigui tiene 29 años y está en prisión desde el 4 de diciembre de 2020. Ese día fue detenido mientras se manifestaba en solitario y de manera pacífica en el bulevar San Rafael, en La Habana Vieja. Pedía la excarcelación del rapero Denis Solís, libertad y no más represión en Cuba.
Robles es informático y se había trasladado desde Guantánamo, su provincia natal, hacia la capital del país; allí alquilaba un departamento para vivir. Se dedicaba a reparar radios, televisores, equipos de música y otros equipos electrónicos, según dijera su hermano a la BBC. Es padre de un niño de dos años, aproximadamente.
Más de un año después de su detención, el Tribunal Provincial Popular de La Habana celebró su juicio el 16 de diciembre de 2021.
«Luis es un joven tranquilo, pero que siempre ha tenido una manera de pensar diferente y por eso salió a la calle con un cartel pidiendo la libertad de Denis Solís», declaró también a la BBC Landys Fernández Eliazástigui, el hermano de Robles.
Luego de la detención del viernes 4 de diciembre de 2020, Luis Robles fue trasladado a una unidad policial. Mientras permanecía recluido allí, la policía les entregó a sus familiares el talonario de una multa de 1 000 CUP que se le aplicaba al detenido con amparo en el Decreto 272.
Según este suceso, al parecer, se pretendía penalizar la acción de Robles con una contravención diseñada para sancionar a quienes ponen anuncios, carteles, vallas, señalizaciones o elementos de ambientación y ornamentación en espacios públicos. Se pensaba, además, que la detención terminaría luego de unas horas y que el caso concluiría de esa forma.
Sin embargo, no sucedió así. Su familia se había presentado el sábado y el domingo en la estación de policía para conocer sobre Robles Eliazástigui, pero no fueron atendidos. A su regreso el lunes les notificaron que Luis había sido trasladado a Villa Marista —unidad de instrucción de la Seguridad del Estado cubana—. A partir de ese momento, todo se complicó.
¿Cuál fue el contexto en que se produjo la protesta de Luis Robles en San Rafael?
Una semana antes de la protesta pública del joven, habían sido desalojados por la fuerza (26 de noviembre de 2020) varias personas que se encontraban acuarteladas en la sede del Movimiento San Isidro (MSI). Una de las motivaciones del acuartelamiento era, precisamente, levantar la voz contra el encarcelamiento y condena del rapero Denis Solís.
Un día después, 27 de noviembre, alrededor de 500 personas se concentraron frente a la sede del Ministerio de Cultura en La Habana para exigir un diálogo con la institución sobre todo referente a la represión contra el gremio artístico independiente.
¿Qué sucedió con Robles luego de su traslado a Villa Marista?
En Villa Marista Robles fue instruido por la Seguridad del Estado; luego, lo trasladaron al Combinado del Este, prisión ubicada en las afueras de La Habana. Desde allí, Luis Robles ha denunciado que ha sido sometido a torturas y tratos crueles o degradantes. Según sus testimonios, lo han obligado a permanecer de pie durante horas e inmóvil gracias a un sistema de cadenas que los presos cubanos conocen como «las Shakiras». También ha contado que lo han desnudado frente a otros reos y lo han condenado en varias oportunidades, y sin justificación, a permanecer en celdas de castigo.
¿Cuál es el tiempo estipulado en la legislación cubana para concluir un caso como el de Robles?
Por regla general, la investigación de un robo con fuerza o con violencia, por ejemplo, puede tardar máximo 60 días. La que se llevó a cabo en contra de Luis Robles demoró, como mínimo, 90.
El 18 de marzo de 2021 la fiscal Yanaisa Matos Legrá firmó las Conclusiones Provisionales del caso de Luis Robles y las envió al Tribunal Provincial Popular de La Habana. Conclusiones provisionales se le llama al documento en el que el fiscal señala cuáles son los hechos imputados a un acusado, las pruebas que sostienen su culpabilidad, el delito que configuran y la sanción que debería imponérsele.
El Tribunal Provincial de La Habana, luego de recibir el expediente de Luis Robles, señaló como primera fecha para el juicio el 16 de julio de 2021. Juicio que no llegó a celebrarse porque los sucesos del 11J acapararon la atención y trabajo de todo el aparato de control del Gobierno cubano.
¿Sobre qué bases construyó la Fiscalía el caso de Luis Robles?
Si se compara lo que ocurrió ese 4 de diciembre de 2020 —aspecto que se visibiliza en los varios audiovisuales que fueron transmitidos sobre todo en Facebook— y la interpretación que dio la Fiscalía pareciera que se trata de sucesos distintos.
La Fiscalía consideró que Luis Robles provocaba a las personas en el bulevar San Rafael y que por esa razón la policía intentó disuadirlo para que dejara de hacerlo. De acuerdo con la versión de la Fiscalía, Luis Robles no se resistió al arresto —como sí afirmó el muy informado Humberto López—, sino que desobedeció la disuasión de la policía y, por ello y al mismo tiempo, provocó una incitación al desorden.
Según la Fiscalía, la conducta de Robles es constitutiva de los delitos de propaganda enemiga y desobediencia; por haber cometido ambos, considera que debe permanecer seis años en prisión.
¿En qué sustenta la Fiscalía su acusación a Luis Robles por el delito de propaganda enemiga?
El delito de propaganda enemiga es uno de los rezagos de la Guerra Fría y de la sovietización del derecho cubano. Establece sanciones de uno a ocho años de privación de libertad para quien «incite contra el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista, mediante la propaganda oral o escrita o en cualquier otra forma».
La Fiscalía considera que Luis Robles cometió el delito de propaganda enemiga porque, al negarse a abandonar la manifestación luego de ser «disuadido» por las autoridades, mantuvo su cartel en alto y profirió de manera reiterada la palabra: «libertad». Considera, además, que al mostrar el cartel y gritar «libertad» Luis Robles generó «desorden entre las personas que se encontraban allí, dentro de las que hubo quienes se le sumaron en sus manifestaciones gritando idénticas frases, atrayendo a otras que se congregaron al frente del establecimiento público, prestándose otros a la filmación de los acontecimientos desde sus celulares».
En los videos de la protesta de Luis Robles se aprecia que lo que la Fiscalía considera un desorden no se produjo por incitación de Robles, sino porque la ciudadanía presente consideró la detención arbitraria e injustificada. El desorden no se produjo hasta la intervención policial. Antes de la intervención, las personas se limitaron a filmar con sus celulares y a fungir como meros espectadores.
¿Por qué se acusa a Luis Robles de desobediencia?
La libertad de expresión es entendida por la Fiscalía cubana como una «provocación». Esa idea es fundamental para entender el otro delito que se le imputa a Robles: la desobediencia. La Fiscalía considera que manifestarse de forma pacífica es una provocación que puede y deber ser impedida por la policía.
Sin embargo, la policía solo debería poder impedir acciones que sean consideradas delitos. Si la expresión no es un delito, la policía no tendría por qué intentar disuadir a alguien para que no se exprese de manera pública. Si se entiende que la libertad de expresión es un derecho en el que la policía no puede intervenir, entonces habría que reconocer que, en el caso de Luis Robles, lo que se ha producido es una intervención ilegítima de las autoridades policiales. Un exceso en el ejercicio de la función pública estatal.
La Fiscalía afirma en sus Conclusiones Provisionales que la policía, en la persona del oficial Vladimir Rodríguez Despaigne, intentó «disuadir» a Luis Robles para que no continuara con su manifestación y que esta petición fue desatendida por el joven. Sería importante que la Fiscalía respondiera esta pregunta: ¿por qué un policía debería disuadir a un ciudadano para que no ejerza un derecho constitucionalmente reconocido?
No existe desobediencia en el hecho de desatender un intento de disuasión. Los intentos de disuasión dejan un espacio de libertad al disuadido, quien siempre puede o no aceptar lo que se le dice. La desobediencia solo cabe ante las órdenes, ante las indicaciones legítimas de las autoridades.
En teoría, la policía le dio la orden a Luis Robles de abandonar su manifestación antes de detenerle; asunto que no esclarece o reconoce la Fiscalía. Si lo hiciera, si reconociera que la policía ordenó a alguien dejar de expresarse, reconocería también que en Cuba es legítimo que la policía limite la expresión de las personas y la capacidad de manifestarse.
Hoy solo queda una solución para hacer justicia a Luis Robles. Su inmediata liberación, su absolución y su indemnización. El daño provocado por la cárcel no es resarcible.
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