Foto: Melissa.
¿Cómo hacer un poder notarial en el extranjero para utilizarse en Cuba?
22 / mayo / 2023
Si estás en el extranjero y requieres que una persona haga un trámite legal por ti en Cuba, es necesario tramitar un poder notarial —documento que faculta a un representante—. El poder notarial se requiere para, por ejemplo, efectuar la compraventa de una casa a nombre del cubano que está fuera del país, para realizar transacciones bancarias o fungir como representante en un proceso de un divorcio.
Existen dos formas fundamentales de hacer un poder notarial estando fuera de la isla.
La primera y más fácil es acudir ante un funcionario consular cubano en el país donde se encuentre la persona interesada. Los funcionarios consulares tienen funciones notariales y pueden hacer los mismos documentos que los notarios en Cuba.
Los poderes notariales pueden ser de dos tipos: generales (facultan al apoderado para hacer varios trámites o para representar de forma genérica a la persona que otorga el poder) o especiales (se utilizan para apoderar a alguien y que así efectúe un trámite determinado).
El arancel consular o pago por el servicio de los poderes notariales tiene diferentes costos y varía según el país donde se encuentre la persona interesada. Por ejemplo, en Estados Unidos un poder general cuesta 210 USD y uno especial, 150 USD; mientras que en Europa cuestan 190 EUR y 125 EUR, respectivamente. En Latinoamérica las cifras disminuyen, un poder general puede cotizarse en 150 USD y uno especial en 120 USD.
La mayoría de las páginas web oficiales de los consulados cubanos tienen información sobre los aranceles y servicios que brindan, por lo que será útil consultarlas para verificar precios y requisitos específicos en cada país.
Para que un poder obtenido ante un oficial consular cubano en el extranjero pueda utilizarse en Cuba, deberá legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex). Por lo tanto, el poder tiene que viajar a Cuba para que quien vaya a utilizarlo lo legalice en el Ministerio de Relaciones Exteriores (mediante el contrato de los servicios de los Bufetes Colectivos o de una consultoría especializada).
La segunda forma de hacer un poder notarial en el extranjero es más engorrosa y requiere de una mayor cantidad de trámites. La persona interesada puede acudir ante un notario o funcionario autorizado del país donde se encuentra y solicitar la redacción del poder que necesita. Pero para que el documento realizado ante un funcionario extranjero pueda utilizarse en Cuba, deberá transitar por varios procesos adicionales.
En primer lugar, el documento deberá legalizarse ante las autoridades del país donde se expidió, para así acreditar su autenticidad. Después, deberá legalizarse ante un funcionario consular cubano en ese país. Si el documento está redactado en un idioma diferente al español, tiene que ser traducido por un traductor certificado. El cónsul cubano en el exterior tendrá que legalizar tanto el documento notarial original como la traducción, en caso de que sea necesaria.
Tras los pasos anteriores (obtención del poder, legalización por las autoridades del país donde se hizo y por el cónsul cubano), el documento debe ser enviado a Cuba y pasar por otros dos trámites. La legalización ante el Minrex y la protocolización. La protocolización se realiza ante un notario cubano e implica que se incorpore la escritura hecha por un funcionario extranjero en los libros notariales para que pueda utilizarse en Cuba.
En resumen, acudir a los servicios consulares cubanos es la vía más expedita para realizar un poder notarial en el extranjero que será utilizado en la isla. En el caso de países como Estados Unidos, el consulado cubano en Washington no atiende a las personas directamente. La oficina tiene indicado que los trámites notariales (incluidos los poderes) deben realizarse a través de agencias con las que tienen contratos de trabajo. Por ejemplo, agencias como Cubamax, a la que hay que contactar para que se encargue de gestionar la redacción y legalización de los poderes y otros documentos notariales.
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